Organismo Legislativo

CAPITULO III DE LA EDUCACION Y LA INFORMACION ARTICULO. 8De la educaci6n y la informaci6n. Las acciones de promoci6n, educaci6n e informaci6n para la salud en la prevenci6n de ITS/VIH/SIDA, a la poblaci6n guatemalteca, estaran bajo la coordinaci6n y supervisi6n del Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social a traves del PNS, y del Ministerio de Educaci6n. ARTICULO 9.Del contenido educativo. El Ministerio de Educaci6n, en coordinaci6n con el Ministerio de Salud Piblica y Asistencia Social, por medio de PNS, debera incluir dentro del contenido curricular una unidad educativa, durante el ciclo escolar, sobre la educaci6n formal e informal para prevenir las ITS y el VIH/ SIDA, a nivel primario, a partir del Quinto Grado, ciclo basico y diversificado, tanto a nivel piblico como privado. ARTICULO 10. De la capacitaci6n a los educadores. El Ministerio de Salud Piblica y Asistencia Social, por medio del Programa Nacional del SIDA, conjuntamente con el Ministerio de Educacion, desarrollar e implementari talleres de capacitaci6n para los educadores que tendran a su cargo la educaci6n preventiva de los estudiantes de los diferentes niveles, tomindose en cuenta la cultura e idiomas de cada regi6n a fin de garantizar, ademts de su difusi6n, su comprensi6n. ARTICULO 11. De la difusi6n escrita, radial y televisada. El Ministerio de Salud Piblica y Asistencia Social, por medio del Programa Nacional del SIDA, realizari con la Oficina de Radio y Comunicaci6n Nacional del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, programas orientados a la difusi6n de informaci6n seleccionada para prevenir las Infecciones de Transmisi6n Sexual - ITS-VIH/SIDA, coordinando con los medios escritos, radiales y televisados a que se tenga acceso oficialmente, de acuerdo a los diferentes idiomas predominantes de cada regi6n. ARTICULO 12. Educaci6n a todos los sectores del pais. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, -IGSS-, el sector seguridad civil, sector militar, sector universitario, sector religioso y Organizaciones No Gubernamentales, implementarin en todo el pais programas de informaci6n, educaci6n y comunicaci6n a los grupos vulnerables y de riesgo, para la prevenci6n del ITS/VIH/SIDA. ARTICULO 13. Divulgaci6n de metodos de prevenci6n. Se difundirin ampliamente todos los metodos de prevenci6n cientificamente comprobados y actualizados de las ITS/VIH/SIDA, garantizando el ficil acceso y disponibilidad a los mismos.

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Title
Organismo Legislativo
Author
World AIDS Foundation
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Publication
World AIDS Foundation
2000
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reports
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"Organismo Legislativo." In the digital collection Jon Cohen AIDS Research Collection. https://name.umdl.umich.edu/5571095.0409.002. University of Michigan Library Digital Collections. Accessed May 10, 2025.
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