Organismo Legislativo

c) Al patrono que solicita a un empleado o a una persona que va a contratar, el examen diagn6stico de infecci6n por el VIH. d) A los profesionales y personal de salud y asistencia social, que se niegue a prestai atenci6n a personas que viven con VIH/SIDA. ARTICULO 53. Otras contravenciones. Las contravenciones no establecidas en el presente capitulo, serin sancionadas de acuerdo con lo establecido en el C6digo de Salud o enh su caso, en el C6digo Penal, en las leyes y reglamentos respectivos. CAPITULO VIII DEL PRESUPUESTO Y FISCALIZACION ARTICULO 54. Asignacion. El Presupuesto, General de Ingresos y Egresos del Estado deber, contener una partida financiera especial, que se 'reaid para tal efecto, para que el programa nacional pueda ejecutar. acciones en, el cumplimiento de,.la presentiley. Asimismo, el programna, gozarid de un aporte inicial del Presupuesto del Estado de cinco millones de Quetzales (5,000,000,00),.los cuales deberain de ser de uso exclusivo del PNS, y provendrani del presupueto aprobado para el Ministerio de Salud:Piiblica y Asi ercia.Social 'par el ejercicio fiscal del afio 2000. ':Con este prop6sito, el Ministerii de Finianzas Piblicas efectuarA las operaciones presupuestarias y contables necesarias para que, a mas tardar, el monto indicado est6 total o parcialmente asignado sesenta (60) dias despu6s de la vigencia del presente decreto. ARTICULO 55. Fiscalizaci6n. El programa nacional de prevenci6n y control de ITS/VIH/SIDA se sujetarA al proceso de rendici6n de cuentas establecido por el articulo 241 de la Constituci6n Politica de la Reptiblica de Guatemala. Una vez al afio se contrataran los servicios de una auditoria privada, todo ello con el prop6sito de garantizar la transparencia en el uso de los recursos con los que cuenta, y cuyo informe debera adjuntarse a la liquidaci6n presupuestaria presentada a-la Contraloria General de Cuentas. CAPITULO IX -.. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES ARTICULO 56. Del desarrollo de los programas educativos. El Ministerio de Educaci6n, en coordinaci6n con el Ministerio de Salud Pfiblica y Asistencia Social, por medio del PNS, desarrollara los programas educativos a los que se refieren los articulos 8 y 9 de la presente ley para su implementaci6n en el ciclo escolar siguiente a la promulgaci6n de este decreto. 13

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Organismo Legislativo
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World AIDS Foundation
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World AIDS Foundation
2000
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"Organismo Legislativo." In the digital collection Jon Cohen AIDS Research Collection. https://name.umdl.umich.edu/5571095.0409.002. University of Michigan Library Digital Collections. Accessed May 10, 2025.
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